PODER EJECUTIVO
Decreto 1157/2026
DNU-2026-1157-APN-PTE - Ejercicio Combinado “ARANDÚ 2026”. Autorización.
Ciudad de Buenos Aires, 08/10/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-91180357- -APN-SAID#MD y la Ley N° 25.880, y
CONSIDERANDO:
Que, oportunamente, se envió al H. CONGRESO DE LA NACIÓN para su tratamiento el pertinente proyecto de ley tendiente a autorizar la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas que se detallan en sus Anexos, a realizarse durante el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027, el cual aún no ha tenido tratamiento en la H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.
Que entre los ejercicios previstos en el proyecto de ley del Plan Anual de Ejercicios Combinados comprendido en el precitado período se encuentra el “ARANDÚ 2026”, el cual se desarrollará en la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL entre los días 10 y 17 de octubre de 2026.
Que dicho ejercicio tiene por finalidad incrementar los lazos de unión, cooperación y confianza entre el EJÉRCITO ARGENTINO y el EJÉRCITO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y contribuir a la integración con el principal aliado estratégico en el ámbito de la defensa regional a partir del logro de la interoperabilidad de organizaciones militares de diferente naturaleza operativa.
Que en cuanto al adiestramiento combinado, tiende a desarrollar procedimientos y técnicas operativas comunes que permitan optimizar la participación integrada de fracciones de ambos Ejércitos, incrementando su eficacia y fortaleciendo la interoperabilidad de las capacidades de las tropas y organizaciones de Fuerzas Aerotransportadas, Aeromóviles, Operaciones Especiales, Blindadas y de Aviación a partir del conocimiento mutuo, la coordinación, conceptos de empleo, técnicas de adiestramiento y la ejecución táctica de las operaciones de cada especialidad mencionada.
Que la participación del EJÉRCITO ARGENTINO en el Ejercicio “ARANDÚ 2026” señala su compromiso con la estabilidad regional y la seguridad internacional, manteniendo su reputación como actor relevante a nivel global.
Que la no participación en dicho ejercicio afectaría al adiestramiento militar combinado al privar a dicha Fuerza de la oportunidad de operar con el EJÉRCITO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL con mayor experiencia y trayectoria a nivel regional, limitando así la transferencia de conocimientos, la actualización de doctrina, la validación de procedimientos y el fortalecimiento de estándares en operaciones combinadas.
Que, en virtud de lo expresado, resulta necesario autorizar la salida del territorio nacional de medios y personal de las fuerzas nacionales para la participación en el Ejercicio Combinado “ARANDÚ 2026” a llevarse a cabo en el campo de instrucción “BARÃO DE SÃO BORJA” de la ciudad de “ROSARIO DO SUL” de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, entre los días 10 y 17 de octubre de 2026.
Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades emergentes del artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y personal de fuerzas nacionales para la participación en el Ejercicio Combinado “ARANDÚ 2026” a llevarse a cabo en el campo de instrucción “BARÃO DE SÃO BORJA” de la ciudad de “ROSARIO DO SUL” de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, entre los días 10 y 17 de octubre de 2026, conforme se detalla en el ANEXO I (IF-2026-97038716-APN-SAID#MD) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas asignadas a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 4521 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Diego César Santilli - Pablo Quirno Magrane - TG Carlos Alberto Presti - Luis Andres Caputo - Juan Bautista Mahiques - Alejandra Susana Monteoliva - Mario Iván Lugones - E/E Federico Adolfo Sturzenegger - Federico Adolfo Sturzenegger
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/10/2026 N° 75133/26 v. 09/10/2026
Fecha de publicación 09/10/2026