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14 de Octubre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 412/2026

RESOL-2026-412-APN-INCAA#SC

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2026

VISTO el Expediente N° EX-2025-104161147-APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº 1032 de fecha 3 de agosto de 2009 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y las Resoluciones INCAA N° 596 de fecha 19 de septiembre de 2025, N° 89 de fecha 25 de marzo de 2026 y N° 316 de fecha 25 de agosto de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES funciona como ente público no estatal en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA, conforme el artículo 1° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias.

Que en virtud de lo señalado precedentemente se encuadra en el Artículo 8° inciso C de la Ley N° 24.156.

Que por Decreto N° 1032/2009 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que atento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1536/2002 es facultad de la máxima autoridad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES determinar su propia estructura así como la designación y asignación de funciones a su personal.

Que en relación a dicha facultad se ha dado oportunamente intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL quien se ha expedido mediante documento NO-2025-05637760-APN-DNDO#MDYTE.

Que con fundamento en las competencias mencionadas precedentemente por Resolución INCAA N° 596/2025 modificada por las Resoluciones INCAA N° 89/2026 y N° 316/2026 se aprobó la actual estructura organizativa del Organismo.

Que la misma debe entenderse en un sentido dinámico y adaptable a las diversas necesidades de servicio, a fin de contar con procesos que permitan el cumplimiento de la responsabilidad primaria que por Ley N° 17.741 corresponde al INSTITUTO, de la forma más eficaz y eficiente.

Que en esta oportunidad se propicia la readecuación de la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN dependiente de la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS creándose el Departamento de “SEGUIMIENTO Y CONTROL DE CONCURSOS” dependiente de la COORDINACIÓN DE CONCURSOS.

Que dicha modificación conforme lo manifestado por la titular de la citada Gerencia en NO-2026-94988826-APN-GPP#INCAA es a los efectos de dotar al Organismo de una instancia funcional dedicada al seguimiento integral de los proyectos presentados y de los beneficiarios de los distintos concursos y premios instrumentados por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES procurando una mayor sistematización, trazabilidad y control de los procedimientos hasta su conclusión administrativa.

Que debe considerase el incremento y la diversificación de las convocatorias vigentes y que la modificación que se propicia no conlleva costos significativos para el Organismo.

Que la GERENCIA GENERAL, la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS y la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS han tomado la intervención correspondiente.

Que las atribuciones y competencias para el dictado del presente acto administrativo se encuentran previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en los Decretos Nº 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aprobada por Resolución INCAA Nº 596/2025 y sus modificatorias N° 89/2026 y N° 316/2026, en lo que respecta a la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, creándose la Unidad Operativa de Nivel Departamental “SEGUIMIENTO Y CONTROL DE CONCURSOS”, dependiente de la COORDINACIÓN DE CONCURSOS de la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, de conformidad con los ANEXOS I (IF-2026-95967959-APN-GG#INCAA), II (IF-2026-95968635-APN-GG#INCAA) y III (IF-2026-95969114-APN-GG#INCAA) del presente acto, los que forman parte íntegra e inseparable de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la presente medida tendrá vigencia a partir del 5° día hábil de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese

Carlos Luis Pirovano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/10/2026 N° 75838/26 v. 14/10/2026

Fecha de publicación 14/10/2026