ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art.42 del DEC.1759/72)
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Notifíquese a “CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que en el expediente EX-2024-60681414-APN-SDYME#ENACOM se ha dictado la disposición: DI-2026-1334-APN-DNSYAUYP#ENACOM, de fecha 05/08/2026, la cual se dispone: “ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto el cargo imputado a la firma TELEARTE SOCIEDAD ANÓNIMA por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2º.- Aplicar a la firma CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Público de Señales y Productoras, una MULTA (Art. 3º del Anexo I de la Resolución Nº 661-AFSCA/14 modificada por RESOL-2019-2882-APN-ENACOM#JGM, modificada mediante RESOL-2019-2984-APN-ENACOM#JGM), cuyo monto asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($403.339), por haber difundido, el día 8 de junio de 2024, a partir de las 20.32 horas, durante el desarrollo del programa “DECONSTRUI2”, información sobre episodios de violencia de género, sin hacer mención expresa a la línea telefónica gratuita “144”, en infracción al Artículo 2º de la Ley Nº 27.039. ARTÍCULO 3°.- La sancionada deberá hacer efectivo el pago del monto de la multa aplicada en el Artículo 2°, dentro de los DIEZ (10) días hábiles a contar desde la notificación de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a las firmas TELEARTE SOCIEDAD ANÓNIMA y CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, comuníquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a los fines previstos en el Artículo 103 del Anexo I del Decreto Nº 1225/10, y cumplido, archívese.” Firmado: Diego Hernan Pioli, Director Nacional, de la Dirección Nacional de Sanciones y Atención a Usuarios y Prestadores del Ente Nacional de Comunicaciones.
Maria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 14/10/2026 N° 75813/26 v. 16/10/2026
Fecha de publicación 14/10/2026