PODER EJECUTIVO
Decreto 1205/2026
DECTO-2026-1205-APN-PTE - Declárase Secreto Militar.
Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-97868854-APN-SSGA#MD, las Leyes Nros. 23.554 y 24.948 y sus modificatorias y el Decreto N° 9390 del 11 de octubre de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 2° de la Ley N° 23.554 se determina que la Defensa Nacional es la integración y acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfrentar las agresiones de origen externo.
Que, asimismo, el citado artículo prevé que la Defensa Nacional tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación y proteger la vida y la libertad de sus habitantes.
Que la Ley N° 24.948 establece que es responsabilidad del MINISTERIO DE DEFENSA evaluar y decidir sobre los requerimientos para el equipamiento de las fuerzas que mejor contribuyan a las capacidades operativas necesarias para el logro conjunto de los objetivos de la Defensa Nacional.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA identifica un proceso de adquisición de material y equipamiento cuya naturaleza, características y finalidad exigen que su contenido sea conocido solamente por personas autorizadas y mantenido fuera del conocimiento de cualquier otra, toda vez que su divulgación podría comprometer la seguridad nacional y los medios de defensa de la Nación.
Que el artículo 4° del Decreto N° 9390/63 dispone que se considera “Secreto Militar” a los asuntos que se enumeran en su Anexo Especificativo (Apartado II – Enumeración Taxativa), cuyo punto 1 comprende aquellos que “resulten de importancia fundamental para la preparación y empleo de las Fuerzas Armadas” y, entre ellos, en su inciso i), las “Adquisiciones, fabricaciones, construcciones y lo relativo a sus negociaciones y trámites”.
Que, en consecuencia, resulta pertinente declarar SECRETO MILITAR, en los términos del Decreto N° 9390/63, a las operaciones contractuales vinculadas con las referidas adquisiciones.
Que una vez declarado el SECRETO MILITAR de la aludida operación contractual, los organismos contratantes deberán seguir los trámites necesarios para la adquisición de dicho material, estando exceptuados del cumplimiento de las disposiciones relativas a la publicidad y difusión de todas las actuaciones del proceso.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase SECRETO MILITAR en los términos del Decreto N° 9390/63 a las operaciones contractuales necesarias para ejecutar las adquisiciones identificadas en el EX-2026-97868854-APN-SSGA#MD.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA para que, por medio de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, instrumente los actos conducentes para efectivizar la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - TG Carlos Alberto Presti
e. 19/10/2026 N° 77328/26 v. 19/10/2026
Fecha de publicación 19/10/2026