Edición del
28 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION AVICOLA

Resolución 5746/2010

Autorízase el pago de compensaciones.

Bs. As., 15/12/2010

EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la compensación solicitada por la firma NUTRISUR S.R.L., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) Nº 33-64540577-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) Nº 014099980120000583576-1, de la Localidad de San Vicente/Brandsen, Provincia de Buenos Aires, correspondiente al mes de julio de 2010, la que asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL VEINTIOCHO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 420.028,36), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Autorízase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Artículo 1º y en el Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL VEINTIOCHO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 420.028,36).

Art. 3º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Campillo.

ANEXO


EXP S01:0427928/2010
NRO.
(07-2010)
1
S. R. L.
420028,36
TOTAL
RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U. LOCALIDAD PROVINCIA
NUTRISUR
33-64540577-9 014099980120000583576-1 SAN VICENTE / BRANDSEN BUENOS AIRES
420028,36


VISTO el Expediente Nº S01:0427928/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado Ministerio se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación atendiendo a las particularidades de las distintas cadenas productivas involucradas.
Que por la Resolución Nº 746 de fecha 29 de enero de 2007, su complementaria Nº 189 de fecha 7 de enero de 2008 y sus modificatorias Nros. 338 de fecha 22 de enero de 2009, 4723 de fecha 1 de junio de 2009, 1618 de fecha 9 de junio de 2010 y 3757 de fecha 23 de septiembre de 2010, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se incorporó al mecanismo implementado por la Resolución Nº 9/07 y su complementaria Nº 40/07 antes citadas, a los establecimientos faenadores y a los usuarios de faena avícola que adquieran granos de maíz y/o soja destinados exclusivamente a la alimentación de pollos eviscerados embolsados para su posterior comercialización en el mercado interno.
Que por la mencionada Resolución Nº 746/07 y sus modificatorias, se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las compensaciones correspondientes.
Que, en ese contexto, la firma NUTRISUR S.R.L., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) Nº 33-64540577-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) Nº 014099980120000583576-1, de la Localidad de San Vicente/Brandsen, Provincia de Buenos Aires, solicita compensación por las ventas de pollos eviscerados embolsados realizadas durante el mes de julio de 2010.
Que el Area de Compensaciones Avícolas de la citada Oficina Nacional evaluó las solicitudes presentadas por dicha firma y procedió a efectuar la liquidación de la compensación requerida de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.
Que la Coordinación de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.
Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensación solicitada, autorizándose el pago de la misma.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello,

Fecha de publicación 31/12/2010