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Legislación y Avisos Oficiales
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Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 24/2011 Declárase de interés nacional la "70 Reunión Plenaria del Comité Consultivo Internacional del Algodón - ACCI 2011", a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 11/1/2011

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Declarar de Interés Nacional la "70º REUNION PLENARIA DEL COMITE CONSULTIVO INTERNACIONAL DEL ALGODON - CCIA 2011", a desarrollarse durante el mes de septiembre de 2011, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

VISTO el Expediente Nº S01:0387391/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA por medio de la cual se solicita la Declaración de Interés Nacional para la "70º REUNION PLENARIA DEL COMITE CONSULTIVO INTERNACIONAL DEL ALGODON - CCIA 2011", y
CONSIDERANDO:
Que la presentación es elevada ante esta jurisdicción competente por el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, cartera ministerial que confirma que la Argentina desea y está en condiciones de ser anfitriona del evento de marras en esta edición.
Que la reunión propuesta constituirá un ámbito propio para mostrar y exhibir la cadena de valor del algodón en la República Argentina, posibilitando asimismo la asistencia de productores del país, especialmente de pequeños y medianos, dirigentes de cooperativas, desmontadores, técnicos provinciales y nacionales, entre otros.
Que el acontecimiento en cuestión adquiere trascendencia y relevancia nacional e internacional dado que sus objetivos se hallan estrechamente relacionados con los intereses y acciones llevadas a cabo por el Estado argentino, en función de favorecer la modernización, la transformación tecnológica del agro y la capacitación de técnicos y productores.
Que tanto el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA como el de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención que les compete y han dictaminado favorablemente, estimando oportuno el otorgamiento solicitado.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,

Fecha de publicación 14/01/2011