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16 de Mayo de 2006

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Primera sección


Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 26/2011 Declárase de interés nacional el "XVII Salón Internacional de Franquicias, Licencias, Emprendimientos y Negocios - Franquicias y Negocios 2011, Exposición Internacional", a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 11/1/2011

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Declarar de Interés Nacional el "XVII SALON INTERNACIONAL DE FRANQUICIAS, LICENCIAS, EMPRENDIMIENTOS Y NEGOCIOS - FRANQUICIAS Y NEGOCIOS 2011, EXPOSICION INTERNACIONAL", a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 19 y 20 de mayo de 2011.

Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

VISTO la presentación por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al "XVII SALON INTERNACIONAL DE FRANQUICIAS, LICENCIAS, EMPRENDIMIENTOS Y NEGOCIOS - FRANQUICIAS Y NEGOCIOS 2011, EXPOSICION INTERNACIONAL", y
CONSIDERANDO:
Que la presentación ha sido efectuada ante esta jurisdicción competente por hs EVENTOS/ARCREA SRL, como organizadores del evento en cuestión.
Que se trata de un acontecimiento que convoca a participantes nacionales y extranjeros constituyéndose en una muestra de las más avanzadas de su rubro a nivel mundial, reuniendo a un promedio de 5.000 inversores locales e internacionales, buscando el desarrollo del franchising profesional y responsable.
Que el salón de marras reúne en dos días y en un mismo lugar a franquicias maestras, franquicias múltiples, franquicias individuales, "corner franchise", franquicias de productos y servicios, licencias y emprendimientos, proveedores y potenciales franquiciados, entre otros.
Que el acontecimiento propuesto reúne cabalmente todas las condiciones para ser meritorio de la declaración impulsada.
Que los MINISTERIOS de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL y CULTO y de INDUSTRIA DE LA NACION han tomado la intervención correspondiente que les compete.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,

Fecha de publicación 14/01/2011