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Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 28/2011 Otórgase el auspicio oficial para el "42° Congreso Internacional de Apicultura - Apimondia 2011", a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 12/1/2011

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Otorgar el Auspicio Oficial de la PRESIDENCIA DE LA NACION para el "42º CONGRESO INTERNACIONAL DE APICULTURA - APIMONDIA 2011", a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 21 al 25 de septiembre de 2011.

Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

VISTO la Actuación del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 9120910-1-8 por medio de la cual tramita el auspicio institucional para el evento "42º CONGRESO INTERNACIONAL DE APICULTURA - APIMONDIA 2011", y
CONSIDERANDO:
Que la presentación de marras ha sido elevada ante esta jurisdicción competente por la SOCIEDAD ARGENTINA DE APICULTORES (SADA) y la ASOCIACION INTERNACIONAL DE APICULTORES (APIMONDIA), quienes organizan el evento en cuestión.
Que el presente congreso tiene por objetivos colaborar en el crecimiento, desarrollo y competitividad del sector industrial y comercial apícola, tanto a nivel nacional como internacional.
Que intervendrán más de 3.500 participantes de todo el mundo, tanto del sector productivo como de investigación y distribución.
Que paralelamente al acontecimiento propuesto se desarrollará la "ApiEXPO", exposición relacionada a la industria apícola y que tendrá una superficie de 2.800 metros cuadrados.
Que se trata de un acontecimiento que por sus contenidos y objetivos es merecedor de la solicitud impulsada.
Que los MINISTERIOS DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención correspondiente que les compete en el caso.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso LL del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 2202/94.
Por ello,

Fecha de publicación 14/01/2011