MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 967/2010 Dase por aprobada una contratación en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Secretaría de Seguridad Social.
Bs. As., 29/12/2010
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Dase por aprobada la contratación a plazo fijo, en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión, conforme las condiciones, plazo y monto mensual allí consignados.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión, se atenderá con cargo a la partida específica del presupuesto de la Entidad 852-SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
Nueva contratación
(artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo)
Apellido y Nombre | M.I. Nº | Período de vigencia | Categoría | Monto Mensual Bruto | Lugar de |
Prestación de Servicios | |||||
CENTURION Christian | |||||
Andres | 23.809.650 | 03/05/10 al 31/12/10 | Profesional Senior A1 | $ 9.027,85 | Unidad de |
Auditoría Interna | |||||
VISTO el Expediente Nº 7089/10 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y 24.557 y sus respectivas modificaciones, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996 y sus modificaciones y de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo establece, dentro de las funciones inherentes a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, las de "...dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio, gestionar el Fondo de Garantía, determinar su estructura organizativa y su régimen interno de gestión de recursos humanos...".
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38, apartado 3, de la Ley Nº 24.557 se estipula que "...las relaciones del personal con la S.R.T. se regirán por la legislación laboral...".
Que el artículo 1º de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996, dispone que "...las relaciones del personal que preste servicios en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, se regirán por la legislación laboral vigente - Ley Nº 20.744, sus normas complementarias y modificatorias.
Que por el Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas, y según sean éstas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.
Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación del contrato a plazo fijo en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificaciones, suscripto "ad referéndum" del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, toda vez que el importe mensual del mismo supera la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).
Que la persona cuya contratación se propone, reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.
Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, fue aprobada la estructura orgánica funcional de dicho Organismo.
Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que se cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido con cargo a la partida específica del presupuesto de la Entidad 852 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Decreto Nº 1248/09.
Por ello,
Fecha de publicación 18/01/2011