Edición del
18 de Enero de 1951

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SANTO TOME - CORRIENTES

Se hace saber que en el Sumario Contencioso N° SC84-126/06, caratulado: “DA SILVA DELENOGARE EDINARDO S/INFRACCION ART. 986 DEL CODIGO ADUANERO”, se ha dictado la RESOLUCION FALLO N° 73/11 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR A “DA SILVA DELENOGARE EDINARDO, CI (BR) N° 3083838536”, brasileño con domicilio legal constituido en los estrados de esta Dirección Nacional de Aduanas de Santo Tomé, al pago de una multa igual a la suma de PESOS: CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA, CON 21/100, equivalente a UNA (1) vez el valor en plaza de las mercaderías en cuestión, de conformidad a sus antecedentes y a lo normado por el art. 986 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías art. 986 C.A., las que serán oportunamente destinadas de conformidad a su naturaleza, características y a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- FORMULAR CARGO e INTIMAR a la parte interesada al pago de la multa impuesta. ARTICULO 4° Y 5°.- DE FORMA. REGISTRESE. FIRMADO: JEFE DE DIVISION ADUANA DE SANTO TOME. — CIRO DANIEL MASS, Administrador, Aduana Santo Tomé.

e. 17/03/2011 Nº 28954/11 v. 17/03/2011

Fecha de publicación 17/03/2011