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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD AREA DE APLICACION Y ADMINISTRACION DE NORMAS REGULATORIAS

Resolución N° 22/2011

Expediente ENRE N° 30.555/2009

Bs. As., 25/2/2011

El Responsable del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A.” (EDESUR S.A.), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($239.260,58), por incumplimientos de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex Secretaría de Energía N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias) incurridos durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2009. 2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en los Anexos a esta Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por “EDESUR S.A.”. 3.- Notifíquese a CAMMESA y a “EDESUR S.A.”. Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N° 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 4.- Regístrese, comuníquese y archívese. — Ing. CLAUDIO DAMIANO, Jefe del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 17/03/2011 Nº 29021/11 v. 17/03/2011

Fecha de publicación 17/03/2011