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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


—ACLARACION A.F.I.P.— ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución General/3080

En la edición del Boletín Oficial Nº 32.129 del día 13 de abril de 2011, página 18, se deslizó el siguiente error por parte de este organismo:
DONDE DICE:
Artículo 3º.- Esta resolución general entrará en vigencia a partir del tercer día hábil inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Artículo 4º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.
DEBE DECIR:
Artículo 2º.- Esta resolución general entrará en vigencia a partir del tercer día hábil inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Artículo 3º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.

Fecha de publicación 15/04/2011