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Secretaría de Culto CULTO

Resolución 25/2011

lnscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Centro Religioso Reino de Oriente Ilé Oxalá Dacún.

Bs. As., 4/3/2011

VISTO el Expediente Nº 30.381/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO donde se presenta la entidad CENTRO RELIGIOSO REINO DE ORIENTE ILÉ OXALÁ DACÚN en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cum-plimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037 de fecha 23 de agosto de 1979.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 79/80 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:

Artículo 1º — Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4394 a la organización denominada CENTRO RELIGIOSO REINO DE ORIENTE ILÉ OXALÁ DACÚN con sede central en la calle Rubén Darío Nº 2663, Localidad de La Reja, Partido de Moreno, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2º — Regístrese la firma de la señora Da. Arsiria Zoraida ALTAMIRANO (D.N.I. Nº 92.388.430) en su carácter de Presidente, bajo el Nº 9007 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo R. Oliveri.

Fecha de publicación 29/04/2011