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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE IBICUY (S.E. y O.M.I.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 251/11.

ARTICULO 1.- En la Localidad lbicuy, Departamento Islas del Ibicuy, Provincia de Entre ríos, a los 29 (veintinueve) días del mes de agosto del año dos mil ocho, trabajadores de la actividad Municipal, se autoconvocan en Asamblea con el fin de dejar constituido un nuevo gremio que se denominará “SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE IBICUY (S.E. y. O.M.I.)” el cual se constituye como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios en relación dependencia en la actividad Municipalidad. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende la localidad de Ibicuy, Islas del Ibicuy, Provincia de Entre Ríos, pudiendo el Sindicato desarrollar la defensa de los intereses de los trabajadores vinculados a la actividad que representan en todo el departamento de Islas del lbicuy de la Provincia de Entre Ríos, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en calle Remedios de Escalada entre Av. Francisco Ramírez y Justo José de Urquiza de la localidad de Ibicuy, Departamento Islas del lbicuy, de la Provincia de Entre Ríos.

ARTICULO 2.- OBJETO Y FINALIDAD: De la afiliación derecho y deberes de los afiliados.
La Entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se indican:
a) Fomentar la unión y agremiación de los Trabajadores Municipales.
b) Proveer a la defensa de los intereses morales, económicos y sociales de sus asociados y promover el constante mejoramiento de sus condiciones de trabajo y de vida.
c) Cooperar igualmente en la defensa de los intereses sindicales de todos los trabajadores del País.
d) Participar con las autoridades municipales y provinciales que interesan a la comunidad y al gremio.
e) Adoptar las medidas necesarias para asegurar y proteger a sus asociados cuando peligrasen sus garantías individuales como consecuencia de su actuación gremial.
f) Auspiciar toda iniciativa de interés para el gremio velando por el cumplimento de las leyes y disposiciones normativas referentes a las condiciones de trabajo y solicitar su razonable mejoramiento.-
g) Propender a la elevación moral y material de los asociados, fomentando el hábito de estudio de trabajo de economía y previsión mediante la difusión de conocimientos sindicales científicos y artísticos en sus diversas formas.
h) Efectuar actos y obras de carácter cultural y de perfeccionamiento de sus asociados.
i) Organizar y propender al establecimiento de instituciones de previsión y asistencia sociales que posibiliten el anhelo de que los trabajadores municipales que constituyen una sola familia.
Respetar acatar y cumplir con la letra y espíritu de la Constitución Nacional de las leyes y decretos Nacionales Provinciales y ordenanzas Municipales.

ARTICULO 11.- Los órganos de la entidad son los siguientes:
a) Asambleas ordinarias y extraordinarias;
b) Comisión Directiva;
c) Comisión Revisora de Cuentas;
d) Junta Electoral;
a) Cuerpo de delegados.
En todos los casos deberá respetarse la representación femenina en los cargos electivos y representativos de la entidad conforme las pautas establecidas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514/03.

ARTICULO 29 - El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por veintidós (22) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General
Secretario Adjunto
Secretario Gremial
Prosecretario Gremial
Secretario de Organización
Prosecretario de Organización
Secretario de Hacienda
Prosecretario de Hacienda
Secretario de Administración
Prosecretario de Administración
Secretario de Actas y Capacitación
Secretario de Acción Social
Prosecretario de Acción social
Secretario de Prensa y Difusión
Prosecretario de Prensa y Difusión
6 vocales titulares, cuatro (4) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
• Al momento del otorgamiento de la INSCRIPCION GREMIAL EL “SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE IBICUY (S.E.y.O.M.I)”, contaba con 75 afiliados.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 06/05/2011