MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, Capital Federal, NOTIFICA que se ha ordenado instruir los sumarios N° 2823/05, 2393/08, 8161/00, 2395/08, 2283/02, 2918/08, 3685/04, 75/05, 2216/10, 100/05, 6041/04, 6954/04, 5490/04, 6949/04, 1759/08, ordenados respectivamente por las Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. N°: 3341/06, 2968/08, 3058/08, 289/09, 1090/06, 3075/08, 2490/06, 2919/06, 252/11, 2787/06, 872/06, 3062/08, 1069/06, 1127/06, 3040/08, respectivamente. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en el Anexo I de la Resolución N° 3369/09, por hallarse suspendida la autorización para funcionar por incumplimiento de la Resolución N° 3517/05 y con lo establecido en el art. 19 de la Ley N° 20.321 y la Resolución N° 1088/79, a las siguientes entidades respectivamente: ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL CIVIL DE LA FUERZA AEREA - PARANA, Mat. ER 97 - ASOCIACION MUTUAL HERNANDEZ ENTRE RIOS Mat. ER 252 - ASOCIACION COSMOPOLITA DE SOCORROS MUTUOS, Mat. ER 58 - MUTUAL SOCIOS CIRCULO MEDICO PARANA Mat. ER 244 - ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES BANCARIOS DE LA PROVINCIA DE MISIONES Mat. MIS 45 - ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA POLICIA DE MISIONES, Mat. MIS 1005 - ASOCIACION COSMOPOLITA DE SS. MM. DE POSADAS Mat. MIS 2, MUTUAL OBREROS TEXTIL DE CATAMARCA, Mat. CAT 46 -ASOCIACION MUTUAL REAL, Mat. CH 127, MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NUEVA RIOJA”, Mat. LR 80 - M.E.F.A.R. M. DE EMPLEADOS DE FABRIL RIOJANA S.A Mat. LR 37 - ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS PREVISIONALES (A.M.E.P.) Mat. LR 31 - ASOCIACION MUTUAL ÑOKAITY - HUASI, Mat. LR 46 - MUTUAL DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DE EXPLOTACION Y PROMOCION, Mat. LR 13 - ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS Mat. LR 3. Atento que las entidades en cuestión se encuentran encuadradas dentro de las prescripciones contenidas en los arts. N° 1 y N° 2 de la Resolución N° 3369/09 y por lo tanto se encuentra suspendida su autorización para funcionar, en virtud de lo previsto en el Anexo II de la Resolución N° 3369/09. En virtud de lo expuesto, se ha procedido a instruir sumarios abreviados según lo establece el art. 4 de la Resolución N° 3369/09, mediante providencia N° 3194/10, 3567/09, 114/10, 3271/09, 47/10, 3570/09, 3196/10, 3188/10, 256/11, 3193/10, 14/10, 55/10, 3204/10, 3200/10, 3303/09, respectivamente. De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ (10) días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan sólo las pruebas documentales que hagan a su derecho (Art. 1°, inc. f, de la Ley N° 19.549) que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representantes legales (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades que de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la sanción establecida en el artículo 35, inc. d, de la Ley N° 20.321 consistente en el retiro de la autorización para funcionar. Asimismo la suscripta ha sido designada instructora sumariante. El presente deberá publicarse por TRES (3) días seguidos en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 T.O. 1991. Fdo.: Dra. VANESA CRISTINA VASQUEZ, Abogada, Instructora Sumariante - INAES.
e. 09/05/2011 Nº 52227/11 v. 11/05/2011
Fecha de publicación 11/05/2011