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Legislación y Avisos Oficiales
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Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 465/2011

Declárase de interés nacional a la “BATIMAT - Expovivienda 2011, Exposición Internacional de la Construcción y la Vivienda”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 6/5/2011

VISTO la Actuación del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 113700-11-1 por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a la “BATIMAT - EXPOVIVIENDA 2011, Exposición Internacional de la Construcción y la Vivienda”, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un acontecimiento organizado por la Asociación de Empresarios de la Vivienda y Desarrollos Inmobiliarios (AEV), institución empresaria de larga y fecunda labor en el sector.

Que en la misma se exhibirán una variada gama de productos, equipamiento, insumos y servicios que contribuirán con el desarrollo de nuestra industria de la construcción.

Que se conseguirá el ámbito propicio para que los diversos actores de la construcción y el mercado inmobiliario, durante las rondas de negocios, puedan acercarse a las últimas innovaciones y avances tecnológicos, contribuyendo al mejoramiento del sector.

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, han tomado la intervención correspondiente que les compete en el caso.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1° — Declárase de interés nacional a la “BATIMAT - EXPOVIVIENDA 2011, Exposición Internacional de la Construcción y la Vivienda”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 31 de mayo al 4 de junio de 2011.

Art. 2° — La declaración otorgada por el ar-
tículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

Fecha de publicación 13/05/2011