MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 670/2011
Dase por aprobada una designación en la Dirección de Acreditación de Carreras en la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria.
Bs. As., 26/5/2011
VISTO el Expediente Nº 804-0930/10 del Registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la ley, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 10 de dicha ley.
Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en la jurisdicción en cuestión, se encuentra vacante el cargo de Coordinación de Posgrado dependiente de la Dirección de Acreditación de Carreras Nivel A, Función Ejecutiva IV, de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado del MINISTERIO DE EDUCACION.
Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Coordinación y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del Organismo, resulta necesario proceder a su cobertura con carácter transitorio, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el ar-tículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la consultora propuesta reúne las condiciones profesionales y técnicas para desempeñar con idoneidad dicha función.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 10 de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010 y 1º del Decreto 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por designada transitoriamente a partir del 1º de septiembre de 2010 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la licenciada María Marcela GROPPO (D.N.I. Nº 16.324.407), en el cargo de Coordinadora de Posgrado de la Dirección de Acreditación de Carreras, Nivel A, Grado 0, en la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010.
Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, por el artículo 120 y en el Título II Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha establecida en el artículo 1º.
Art. 3º — El gasto que demande el cum-
plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alberto E. Sileoni.
Fecha de publicación 03/06/2011