MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 752/2011
Dase por aprobada la designación de la Directora de Afirmación de los Derechos Indígenas del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas de la Secretaría de Economía Social.
Bs. As., 9/6/2011
VISTO la Ley Nº 26.546, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 410 del 12 de abril de 2006, Nº 702 del 20 de mayo de 2010, Nº 2053 y Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011, y lo solicitado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2010, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que, mediante el Decreto Nº 410/06 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, por Decreto Nº 702/10, se incorporó a la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Dirección de Afirmación de los Derechos Indígenas.
Que, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se encuentra vacante, el cargo de Director de Afirmación de los Derechos Indígenas, resultando necesario proceder a su cobertura transitoria con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción.
Que la Dra. Angela Marcela JARAMILLO, reúne los requisitos de idoneidad y/o experiencia necesarios para la cobertura del cargo mencionado.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, y los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por designada, con carácter transitorio, a partir del 9 de diciembre de 2010, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Dra. Angela Marcela JARAMILLO (DNI Nº 26.690.421), en el cargo de Directora de Afirmación de los Derechos Indígenas del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva III, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Art. 2º — Dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alicia M. Kirchner.
Fecha de publicación 14/06/2011