Edición del
18 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Bs. As., 6/6/2011

Se hace saber a la firma ROLERCO S.R.L., en la Actuación Nº 12125-2196-2005, que tramita por ante la División Impugnaciones del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sito en Hipólito Yrigoyen 440, Piso 1º, Capital Federal, que se ha dictado la Resolución DE PRLA Nº 090 de fecha 1º de febrero de 2011, que en la parte resolutiva: “ARTICULO PRIMERO: Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente contemplado, teniendo por no presentado al Dr. JORGE ARGENTINO PATRICIOS, en el carácter de gestor de la firma ROLERCO S.R.L. (CUIT Nº 30-68630272-1), confirmando el Cargo VI Nº 293/2005 relacionado con el D.I. 00 001 IC04 047137 J (arts. 1030, 1031, 1033, 1053 a), 1065 y c.c. del C.A.). ARTICULO SEGUNDO: EMBARGAR la mercadería que se hallare en jurisdicción aduanera, a nombre, por cuenta o que fuere de propiedad de la firma ROLERCO S.R.L. (CUIT Nº 30-68630272-1), en cantidad suficiente para cubrir la suma de $ 653,32 (SON PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 32/100), con más sus accesorios hasta el día de su efectivo pago (art. 794 más C.E.R.). ARTICULO TERCERO: SUSPENDER en el registro correspondiente a la firma ROLERCO S.R.L. (CUIT Nº 30-68630272-1), en tanto estuviere inscripto en alguna de las matrículas cuyo control se encuentra a cargo del servicio aduanero. ARTICULO CUARTO: REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Firme o consentida que fuere la presente, CUMPLASE con lo dispuesto a través de los artículos SEGUNDO y TERCERO. Por la División Impugnaciones ingrésese a la base de datos de importadores - exportadores y REMITASE a la DIVISION REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS a fin de registrar el embargo ordenado en el artículo SEGUNDO de la presente. Luego siga a la SECCION CANCELACIONES Y DEUDAS para que proceda a la emisión del certificado de deuda correspondiente. Cumplido, de corresponder remítanse los obrados a la dependencia competente de la D.G.I. de conformidad con la Instrucción General Conjunta Nº 02/98 (D.G.A.) y Nº 03/98 (D.G.I.). Oportunamente, archívese. FIRMADO ABOGADA MARIA DEL CARMEN RAMIREZ, FIRMA RESPONSABLE DEL DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS”.
Actuación Nº 12125-2196-2005 - Razón Social: ROLERCO S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-68630272-1)
Abogada PATRICIA S. JONES, Jefa División Impugnaciones, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 14/06/2011 Nº 70156/11 v. 14/06/2011

Fecha de publicación 14/06/2011