Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO PUBLICO

Decreto 804/2011

Dase por aceptada la renuncia presentada al cargo de Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, Provincia de Misiones.

Bs. As., 14/6/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0027195/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que la señora doctora María Rosa RECIO ha presentado su renuncia, a partir del 1º de marzo de 2011, al cargo de FISCAL GENERAL ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE POSADAS, PROVINCIA DE MISIONES.

Que la renuncia fue aceptada con fecha 28 de diciembre de 2010 por Resolución PER. 1305/10 del señor Procurador General de la Nación.

Que no obstante, por aplicación del principio del paralelismo de las formas y las competencias, corresponde que dicha atribución sea ejercida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ya que el artículo 5º de la Ley Nº 24.946 le confiere la facultad de designar a los magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme al procedimiento allí previsto.

Que, por otra parte, y según lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL, compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL la aceptación de las renuncias que presenten los funcionarios cuyo nombramiento y remoción no esté reglado de otra forma en la Carta Magna.

Que es necesario aceptar la renuncia presentada por la señora doctora María Rosa RECIO.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por aceptada, a partir del 1º de marzo de 2011, la renuncia presentada por la señora doctora María Rosa RECIO (D.N.I. Nº 6.170.438), al cargo de FISCAL GENERAL ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE POSADAS, PROVINCIA DE MISIONES.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Julio C. Alak.

Fecha de publicación 21/06/2011