Edición del
12 de Marzo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE COLON

Colón, 9/6/2011

Se cita a las personas detalladas al pie del presente para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan en los Sumarios Contenciosos que se especifican, a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por presunta infracción al/los Art/s. Indicados correspondientes a la Ley 22.415 y bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.) bajo apercibimiento del Art. 1004 del citado texto legal. Se hace saber que efectuando el pago voluntario del mínimo de la multa que correspondiere y por el expreso abandono de las mercaderías secuestradas a favor del Estado Nacional, se producirá la extinción de la acción penal y el presente no se registrará como antecedente (Arts. 930/932 del C.A.). Firmado: ALCIDES JOSE FRANCIA, Administrador (Int.) Aduana de Colón, Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 —COLON— ENTRE RIOS”.


APELLIDO Y NOMBRE
SC13 NºARTS.MONTO MULTA.-
SANTA CRUZ VILLALBA, MARTA084/2010.-987 C.A.-$ 4.212,00.-
ENCINA RICARDO CESAR093/2010.-987 C.A.-$ 1.435,46.-
BLANCO, ERNESTO001/2011/5.-985 C.A.-$ 1.310,94.-
BONONI, RAMON ALEJANDRO005/2011/8.-987 C.A.-$ 1.254,54.-


ALCIDES JOSE FRANCIA, Administrador (I), Aduana de Colón (ER), Dirección Regional Aduana La Plata.

e. 21/06/2011 Nº 73593/11 v. 21/06/2011

Fecha de publicación 21/06/2011