ADHESIONES OFICIALES
Decreto 860/2011
Declárase de Interés Nacional la participación argentina en la “Exposición Internacional YEOSU 2012” que se llevará a cabo en la Ciudad de Yeosu, República de Corea.
Bs. As., 27/6/2011
VISTO el Expediente Nº 57.726/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el Visto, tramita la invitación que el Gobierno de la REPUBLICA DE COREA formuló a la REPUBLICA ARGENTINA a participar en la “Exposición Internacional YEOSU 2012”, a celebrarse entre el 12 de mayo y el 12 de agosto de 2012 en la Ciudad de Yeosu, REPUBLICA DE COREA, con el tema “El Océano y la Costa Vivos”.
Que dicho encuentro resulta un acontecimiento de interés mundial que tiene por objeto poner de relieve la situación que se origina por el cambio climático, el aumento del nivel del mar y la contaminación ambiental y resulta ser una oportunidad propicia para intercambiar experiencias y compartir visiones para la solución de esos importantes desafíos globales como así también para proponer medidas que propendan al desarrollo sustentable de los recursos marítimos y la preservación del ecosistema.
Que la participación en ese tipo de encuentro brinda una importante oportunidad para difundir la oferta exportable argentina, las posibilidades de inversión que posibiliten el relacionamiento económico-comercial bilateral y la diversificación del comercio contribuyendo a comunicar la imagen de la REPUBLICA ARGENTINA y de sus productos en el mundo.
Que la fructífera trayectoria de la REPUBLICA ARGENTINA en la participación de eventos de esa naturaleza se remonta al año 1855, siendo el país latinoamericano con mayor frecuencia de participación en los mismos.
Que la alta prioridad que la temática referida representa y la oportunidad que brinda para nuestro país torna conveniente contar con una activa presencia en la citada Exposición Internacional y amerita declarar de Interés Nacional la participación argentina en el evento.
Que por su competencia, resulta apropiado que la participación argentina en la “Exposición Internacional YEOSU 2012” esté a cargo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en cuyo ámbito se creará una Comisión Asesora Interministerial encargada del análisis, organización y ejecución de dicha participación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES y la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Declárase de Interés Nacional la participación argentina en la “Exposición Internacional YEOSU 2012”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Yeosu, REPUBLICA DE COREA, entre los días 12 de mayo y 12 de agosto de 2012.
Art. 2º — Asígnase la responsabilidad de la participación argentina en el referido evento al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, autorizándolo a delegar competencias que considere pertinentes a otros organismos y/o entidades públicas o privadas.
Art. 3º — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO una Comisión Asesora Interministerial que se constituirá en un plazo máximo de TREINTA (30) días a partir de la fecha del presente Decreto, a fin de coordinar las acciones necesarias para el análisis, organización y ejecución de la participación argentina en la “Exposición Internacional YEOSU 2012” hasta el final de la misma.
Art. 4º — La Comisión creada por el artículo anterior estará coordinada por un funcionario del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO e integrada por representantes de las siguientes áreas de gobierno, cada una de las cuales deberá designar, dentro de los TREINTA (30) días de la fecha del presente Decreto, a un funcionario con rango no inferior a Director Nacional que la represente con carácter “ad honorem”:
• JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
• MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
• MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
• MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
• MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
• MINISTERIO DE TURISMO.
• MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
• SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
• SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
• SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
Art. 5º — El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO designará al Comisario General del Pabellón Argentino en la “Exposición Internacional YEOSU 2012”, dentro de los SESENTA (60) días contados a partir de la designación del funcionario del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO responsable de la Coordinación de la Comisión Asesora Interministerial.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman.
Fecha de publicación 30/06/2011