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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución Nº P-176/2011

Bs. As., 23/6/2011

VISTO el Expediente Nº 253-76926/10 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481 (t.o.1996) modificada por la Ley Nº 25.859, el Decreto Reglamentario Nº 260 del 20 de marzo de 1996, la Resolución INPI Nº P- 339 del 29 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se realizó un llamado a los titulares de solicitudes de patentes para que requieran el intercambio del orden cronológico de estudio de examen de fondo de sus solicitudes de patentes de invención, pertenecientes a la misma subclase tomando como base la fecha de pago de la tasa de examen de fondo.

Que con fecha 30 de abril de 2011 venció el plazo para efectuar el requerimiento mencionado precedentemente.

Que se presentaron DOSCIENTOS ONCE (211) pedidos de intercambio del orden cronológico de estudio de examen de fondo.

Que las presentaciones obrantes a fojas 108, 172, 266, 671, 675, 679, y 697 deben ser rechazadas por contener actuaciones de fondo notificadas; no debe hacerse lugar al requerimiento presentado a fojas 715 por encontrarse duplicado el pedido de intercambio con el de fojas 706. Con relación al pedido de intercambio de fojas 218, se tiene presente la rectificación efectuada a fojas 219.

Que de lo expuesto se desprende que DOSCIENTOS TRES (203) requerimientos de intercambio fueron presentados en tiempo y forma.

Que han tomado intervención la Administración Nacional de Patentes y la Dirección de Asuntos Legales del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por la normativa legal vigente.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Hacer lugar a los requerimientos de intercambio en el orden cronológico de estudio de examen de fondo de las solicitudes de patentes que fueron presentados en tiempo y forma.

ARTICULO 2º — En virtud de lo resuelto en el artículo primero, intercámbiese la fecha de pago de la tasa de examen de fondo de las solicitudes de patentes enumeradas en el Anexo que integra la presente.

ARTICULO 3º — Rechácese el intercambio de fecha de pago de tasa de examen de fondo de las solicitudes: P 20020101381 por P 20040102718; 20040104877 por P 20090102085; P 20010105505 por P 20060104369; P 20010102298 por P 20050100841; P 20040100193 por P 20070104294; P 20040100192 por P 20040103748; P 20040100195 por P 20060100052, por contar el primer expediente involucrado en cada uno de estos pedidos de intercambios con actuaciones de fondo notificadas, como así el requerimiento de intercambio de la solicitud P 20050101021 por P 20060104317 obrante en fojas 715 ya que éste es un duplicado del pedido de intercambio de orden cronológico que obra a fojas 706, del cual ya se tomó razón.-

ARTICULO 4º — Déjese constancia del mencionado cambio en la base de datos de la Administración Nacional de Patentes y adjúntese copia de la presente Resolución a los expedientes afectados por el cambio cronológico.

ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL, publíquese en el Boletín de Marcas y Patentes con el respectivo anexo, colóquese copia del tablero informativo, en la página electrónica del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, y archívese. — MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

e. 30/06/2011 Nº 78225/11 v. 30/06/2011

Fecha de publicación 30/06/2011