MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 552/2011
Danse por aprobadas contrataciones.
Bs. As., 4/7/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0289175/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Leyes Nros. 25.164 y 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, y 1 de fecha 7 de enero de 2011, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las contrataciones de los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinadas a diversas dependencias del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 establece para el acceso a un Nivel A los requisitos de Título Universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años y a la función o puesto a desarrollar, y especialización avanzada en los campos profesionales correspondientes a la función o puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios de posgrado o en entidades de reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de los agentes mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuados a los agentes detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida de los requisitos establecidos en el Ar-tículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2098/08, para el Nivel A.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700.-).
Que la atención del gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, aprobado para el Ejercicio 2011 por la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010, y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida han dado cum-plimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Danse por exceptuados a los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar sus contrataciones, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazos consignados para cada caso, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2º — Danse por aprobadas las contrataciones, con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida, destinadas a diversas dependencias del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que para cada caso se consignan.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA para el Ejercicio 2011, aprobadas por la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010 y distribuidas por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Julián A. Domínguez.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001052 INDIVIDUALES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Código de Control: 0000010737
Listado de Contrataciones
Nº | Apellido | Nombre | Tipo y Nº Doc. | NyG | Desde | Hasta | Prog. | Act. | Dedic. |
1 | ACUÑA | MARIA GUADALUPE | DNI 23571500 | A2 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
2 | ALMADA | MIGUEL ANGEL | DNI 13670564 | A4 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
3 | BOIGUES | ANDREA FABIANA | DNI 17031985 | A5 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
4 | COSENTINO | NESTOR ABEL | DNI 4559796 | A0 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
5 | LIBERMAN | CARLOS DAMIAN | DNI 25790301 | A2 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
6 | MARCOVECCHIO | JUAN GABRIEL | DNI 21558665 | A2 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
7 | SCHVIENDT | CARLOS ALBERTO | DNI 16711688 | A4 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
8 | TORAL | FERNANDO JAVIER | DNI 17806196 | A5 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
9 | ZELASCHI | FERNANDO CARLOS | DNI 23888294 | A2 | 01/08/2010 | 31/12/2010 | 1 | 1 | 100% |
Cantidad de Contratos Listados: 9 | ||||
Imputación Presupuestaria: 1 81 | Proyecto: 0 | Fuente: 11 | Ubic. Geo.: 2 | Jurisdicción: 52 |
Fecha de publicación 06/07/2011