MINISTERIO DE INDUSTRIA
Decreto 918/2011
Danse por aprobadas designaciones de Directores en la Dirección Nacional de Industria de la Secretaría de Industria y Comercio.
Bs. As., 30/6/2011
VISTO el Expediente Nº S01:9000584/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de Industria, UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Ejecutiva III de Director de Integración y Política Industrial Sectorial y UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Que los profesionales propuestos deberán ser exceptuados de lo establecido en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Danse por designados transitoriamente, a partir del día 3 de noviembre de 2010 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a los profesionales que se mencionan en el Anexo al presente decreto conforme al detalle obrante en el mismo, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P,) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 3 de noviembre de 2010.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.
ANEXO
MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA
APELLIDO Y NOMBRES | M.I. Nº | CARGO | NIVEL | NIVEL F.E. |
VARGAS, Rafael Mario | 26.281.024 | Director Nacional de Industria | A | I |
ELVERDIN, Pablo Eugenio | 26.694.938 | Director de Integración y Política Industrial Sectorial | B | III |
ALVAREZ, Mauro | 27.947.660 | Director de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial | B | III |
Fecha de publicación 08/07/2011