COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Nº 2217/2011
28/6/2011
Establecer el mantenimiento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la empresa TRANSPORTES AMBIENTALES S.A. con el número OCHOCIENTOS VEINTISIETE (827) en las condiciones establecidas en el presente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/93 y el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05. Dispónese que el mantenimiento acordado en el artículo precedente sólo habilita la oferta y prestación de prestación de servicios postales internacionales mediante convenio con MARKEN LTDA., con una cobertura nacional con medios propios en el ámbito de la CIUDAD AUTONOMA de BUENOS AIRES y parcial en la provincia homónima (GRAN BUENOS AIRES). Establecer que, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción otorgado en el artículo 1°, cualquier modificación sustancial de la información declarada bajo Formularios RNPSP 006, 007 y 008 exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto N° 1187/93, a los efectos de modificar lo resuelto en el artículo 2° de la presente. Establecer, que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la empresa TRANSPORTES AMBIENTALES S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 30 de septiembre de 2011. Establecer que, en función de lo establecido por la Resolución CNC N° 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación del servicio de carta documento, debiéndose, en consecuencia, proceder conforme lo establecido en la mencionada resolución.
— Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 14/07/2011 Nº 85666/11 v. 14/07/2011
Fecha de publicación 14/07/2011