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23 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Se cita a las personas que a continuación se mencionan, a quienes se les imputa la infracción prevista en el art. 979 del Código Aduanero, para que en el plazo de diez días comparezcan ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, Secretaría de Actuación Nº 2, sito en Hipólito Yrigoyen 460 1º piso Capital Federal, a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de ésta, donde quedarán notificadas todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004 del C.A.) y b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 a 1105 del C.A.). Se les hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación (arts. 1030 a 1032 del C.A.), b) si plantean cuestiones jurídicas deberán hacerlo con patrocinio letrado (art. 1034 del C.A.), c) si efectúan el pago voluntario de la multa mínima que se indica se declarará extinguida la acción y no se registrará antecedente, no siendo necesario el patrocinio letrado a tal fin (arts. 930 a 932 del C.A.) y d) en caso de optar por el exportación de la mercadería en infracción deberán abonarse además los tributos correspondientes y los certificados de otros organismos, en caso de ser requeridos.


EXPEDIENTE
IMPUTADOMULTATRIBUTOS
12214-53-2007SILVEIRA ALFONSO, MARIA CRISTINA$ 9.268,60$ 463,43
12214-179-2010STANKO EDUARDO LLUBICIO$ 2.248,65$ 112,43


MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe, Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 29/07/2011 Nº 92953/11 v. 29/07/2011

Fecha de publicación 29/07/2011