MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decisión Administrativa 696/2011
Danse por aprobadas contrataciones en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Bs. As., 28/7/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0400103/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.546, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 480 de fecha 26 de marzo de 2008, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la convalidación de las contrataciones de las personas detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, celebradas bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de acuerdo a lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Anexo al Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 en su Artículo 14 establece los requisitos mínimos para si acceso a los distintos niveles escalafonarios del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PPUBLICO (SI.N.E.P.).
Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que los antecedentes curriculares de los agentes mencionados en los Anexos I y II adjuntos a la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y los niveles escalafonarios propuestos.
Que consecuentemente corresponde exceptuar a las personas detalladas en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente decisión administrativa, de los requisitos mínimos para el acceso a cada nivel escalafonario establecidos en el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2098/08, al solo efecto de posibilitar sus contrataciones, de acuerdo a lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contratación para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).
Que en las contrataciones propiciadas en el Anexo I se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la atención del gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida fue efectuada con los créditos del Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, aprobado para el Ejercicio 2010 por la Ley Nº 26.546, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, de conformidad con lo indicado en el anexo respectivo.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para contratar a la persona detallada en el Anexo II que forma parte integrante de la medida propiciada, con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para acceder al nivel escalafonario que se indica, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, al solo efecto de posibilitar su contratación, destinada al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, conforme al nivel, grado y plazo que para este caso se indican.
Art. 2º — Convalídanse las contrataciones con relación de empleo público, de las personas que se detallan en el Anexo l que forma parte integrante de la presente medida, celebradas bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, destinadas al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, conforme al nivel, grado y plazo que en cada caso se indican.
Art. 3º — El gasto demandado para el cumplimiento de la presente medida fue imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para el Ejercicio 2010, de conformidad con lo indicado en el anexo adjunto.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.
ANEXO I
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre Proyecto: 0000000308 FORTALECIMIENTO DE LAS ESTADISTICAS BASICAS Y DERIVADAS
Código de Control: IND0000166
Listado de Contrataciones
Nº | Apellido | Nombre | Tipo y Nº Doc. | NyG | Desde | Hasta | Prog. | Act. | Dedic. |
| 1 | GARCIA | MARCELA ANDREA | DNI 17829156 | A8 | 01/01/2010 | 31/12/2010 | 19 | 1 | 100% |
| 2 | GONZALEZ | SEBASTIAN IGNACIO | DNI 29922704 | A0 | 01/01/2010 | 31/12/2010 | 19 | 1 | 100% |
Cantidad de Contratos Listados: 2 | ||||
| Imputación Presupuestaria: 1 81 | Proyecto: 0 | Fuente: 11 | Ubic. Geo.: 2 | Jurisdicción: 50 |
ANEXO II
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000000308 FORTALECIMIENTO DE LAS ESTADISTICAS BASICAS Y DERIVADAS
Código de Control: IND0000180
Nº | Apellido | Nombre | Tipo y Nº Doc. | NyG | Desde | Hasta | Prog. | Act. | Dedic. |
| 1 | FUSCO | GABRIELA PAOLA | DNI 29059390 | B2 | 01/01/2010 | 31/12/2010 | 19 | 1 | 100% |
Cantidad de Contratos Listados: 1 | ||||
| Imputación Presupuestaria: 1 81 | Proyecto: 0 | Fuente: 11 | Ubic. Geo.: 2 | Jurisdicción: 50 |
Fecha de publicación 03/08/2011