MINISTERIO DE TURISMO
Decisión Administrativa 714/2011
Dase por aprobada una contratación en la Subsecretaría de Coordinación.
Bs. As., 1/8/2011
VISTO el Expediente Nº STN:0000393/2011 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 del 28 de diciembre de 2006 y 52 del 6 de marzo de 2009 y la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación del señor Don Martín Pablo MONTIEL (M.I. Nº 32.036.453) en el Nivel C, Grado 2, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de acuerdo con lo solicitado por la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO, con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que a través del Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 por cuyo intermedio se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), se establecieron los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C la exigencia de título de nivel universitario completo.
Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c) del citado artículo mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona propuesta en el Artículo 1º de la presente medida resultan atinentes al objetivo de las funciones a serle asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización y otorgamiento del nivel propuesto.
Que, consecuentemente, corresponde autorizar al MINISTERIO DE TURISMO para contratar al señor Don Martín Pablo MONTIEL, con carácter de excepción al punto II del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 del 28 de diciembre de 2006 y 52 del 6 de marzo de 2009.
Que la persona involucrada en la presente medida se encuentra exceptuada del cumplimiento de lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por no existir reingreso a la Administración Pública Nacional.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección de Recursos Humanos y Organización, ambas del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención que les compete.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Dase por autorizado al MINISTERIO DE TURISMO para contratar por el período comprendido entre el 1 de marzo de 2011 y el 31 de diciembre de 2011, al señor Don Martín Pablo MONTIEL (M.I. Nº 32.036.453) con carácter de excepción al punto II del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C, Grado 2 del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández — Carlos E. Meyer.
Fecha de publicación 05/08/2011