ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº 241/2011
ACTA Nº 1159 Expediente ENRE Nº 32.372/2010
Bs. As., 27/7/2011
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar al “ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL)” en la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 106.868,22) por incumplimiento de lo dispuesto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Región del Comahue, contenido en Anexo II a la Resolución ex S.E. Nº 229/1993, durante el período comprendido entre los meses de abril y septiembre de 2010, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 167/197. 2.- Instruir al “ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL)” para que, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1.3 de la Cláusula Quinta del Acta Acuerdo, refrendada mediante Decreto PEN Nº 1356/2008, destine el importe de PESOS QUINCE MIL CINCUENTA Y TRES CON CUATRO CENTAVOS ($ 15.053,04) correspondiente a conexión/ transformación y salidas, a la ejecución de inversiones adicionales según el detalle del Anexo VIII al Informe Técnico y Legal obrante a fojas 198. 3.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones previstas en el ARTICULO 1, efectúe el descuento de PESOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 91.815,18) - correspondiente a sanciones por líneas - sobre la liquidación de venta de “EPEN”, de conformidad con el detalle efectuado en el Anexo IX del Informe Técnico y Legal antes citado (fojas 199). 4.- Notifíquese al “ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCION TRONCAL)” y a CAMMESA lo dispuesto en este acto, con copia de la presente Resolución y de los Anexos de fojas 167/199. Hágase saber a “EPEN” que: a) se le otorga vista del Expediente del VISTO por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN Nº 1759/1972 (texto ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 5.- Publíquese la presente en la página Web del ENRE, juntamente con los Anexos de fojas 167/199. Firmado: ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo.— MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero.— MARIO H. DE CASAS, Presidente.
e. 05/08/2011 Nº 95821/11 v. 05/08/2011
Fecha de publicación 05/08/2011