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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución Nº 1040/2011

Bs. As., 28/7/2011

VISTO el Expediente Nº S02:0007083/2011 del registro de este Ministerio, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2011, aprobado por la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 7 de enero de 2011, la Ley Nº 25.054 y su modificatoria Ley Nº 25.848, los Decretos Nº 1453 del 10 de diciembre de 1998, Nº 4686 del 15 de junio de 1965, modificado por su similar Nº 1178 del 17 de noviembre de 2005, y Nº 420 del 29 de abril de 2009, y la Resolución 266 del 18 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.054 en su artículo 8º establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA CIVIL, o el organismo que en el futuro lo reemplace.

Que la Ley Nº 26.338 en su artículo 2º sustituye el Título V de la Ley de Ministerios (t.o.1992) estableciéndose en particular que compete a este Ministerio la materia de coordinar y ejecutar las acciones para la protección civil de los habitantes ante los hechos del hombre y la naturaleza.

Que, asimismo, de acuerdo con la responsabilidad primaria y funciones contempladas en la estructura organizativa aprobada por el Decreto Nº 1697 del 1 de diciembre de 2004, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, regular y fiscalizar la actividad de Bomberos Voluntarios en los términos de la Ley Nº 25.054 y sus modificatorias.

Que la ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ANTONIO DE ARECO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES se ha propuesto continuar con la adquisición de equipamientos y obras, que permitan el cumplimiento de las obligaciones que le impone la normativa vigente.

Que, la DIRECCION DE CONTROL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y DE COORDINACION DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION CIVIL, viene desarrollando actividades conjuntas con la totalidad de Asociaciones de Bomberos Voluntarios del país tendientes a homogeneizar la capacitación de integrantes de los cuerpos de bomberos voluntarios para optimizar su desenvolvimiento en acciones de protección civil de la población en el marco de la Ley Nº 25.054 produciendo un informe correspondiente con ajuste a las políticas institucionales y planificación de acciones frente a desastres naturales o causados por el hombre.

Que la erogación que demanda la aplicación de la presente, fue prevista oportunamente por Ley Nº 26.546 del Presupuesto General de la Administración Nacional, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, para el corriente ejercicio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el fundamento del subsidio a otorgarse surge del artículo 7º de la Resolución MI Nº 266 del día 18 de marzo del año 2011.

Que la medida que se dispone, encuadra en lo dispuesto por la Ley Nº 25.054 y el artículo 1º, inciso g) del Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO
DEL INTERIOR
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Destínase a la ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ANTONIO DE ARECO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para ser aplicados a la adquisición de bienes de necesidad del cuartel y equipamiento.

ARTICULO 2º — La rendición de cuentas de los fondos asignados en la presente, deberán efectuarse con ajuste al procedimiento y los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 266/11.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Cdor. ANIBAL FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior.

e. 05/08/2011 Nº 94989/11 v. 05/08/2011

Fecha de publicación 05/08/2011