ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº 248/2011
Acta Nº 1161 Expediente ENRE Nº 29.757/2009
Bs. As., 10/8/2011
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte solicitado por la “EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO”, por requerimiento de “INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DE TABACAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, para el acceso de generación proveniente de la nueva CT TABACAL, de 30 MW, en la nueva ET TABACAL, Provincia de SALTA. 2.- Solicitar a CAMMESA la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página Web del ENRE por el plazo de CINCO (5) días a fin que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI, o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, procediendo en su caso de acuerdo a lo consignado en los Considerandos de la presente. En caso de que no hubiera ninguna presentación, vencido el plazo se considerará autorizado el acceso solicitado. 3.- Aprobar la Ampliación Menor por Contrato entre Partes, solicitada por “TRANSNOA S.A.” a requerimiento de “INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DE TABACAL S.R.L.”, consistente en la apertura de la línea 132 kV ORAN - PICHANAL y su acometida a la nueva ET TABACAL, mediante la incorporación de una línea aérea doble terna 150/25 mm2 Al/Ac con una longitud de MIL SEISCIENTOS SESENTA METROS (1660 mts.), más DOS (2) cables armados subterráneos de 3x1 500 mm2 con una longitud de CUATROCIENTOS CUARENTA METROS (440 mts), y la construcción de la nueva ET 132 kV, “ET TABACAL”, compuesta por una barra y DOS (2) campos de línea de 132 kV. 4.- Hacer saber a “TRANSNOA S.A.” y a “INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DE TABACAL S.R.L.” que deberán firmar un Convenio de Conexión, incorporando el nuevo equipamiento de conexión de acuerdo a lo establecido en Los Procedimientos, el que deberán remitir a este Ente a sus efectos. 5.- Comunicar a “INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DE TABACAL S.R.L.” que no podrá oponerse a futuras ampliaciones en las EETT ORAN y PICHANAL que sirvan para la normalización de las mismas. 6.- Disponer que la Ampliación, una vez concluida, integrará la Red de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino encontrándose, en consecuencia, la operación y el mantenimiento a cargo de la Empresa “TRANSNOA S.A.” en los términos de su Contrato de Concesión. 7.- Notifíquese a “TRANSNOA S.A.”, a “INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DE TABACAL S.R.L.”, al Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia de SALTA, y a CAMMESA. Firmado: Enrique Gustavo Cardesa, Vocal Segundo. — Marcelo Baldomir Kiener, Vocal Primero. — Luis Miguel Barletta, Vicepresidente.
e. 18/08/2011 Nº 101428/11 v. 18/08/2011
Fecha de publicación 18/08/2011