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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1249/2011

Dase por prorrogada una designación en la Secretaría de Política Económica.

Bs. As., 17/8/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0210559/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 177 de fecha 26 de febrero de 2007 se designó, con carácter transitorio, en UN (1) cargo Nivel B, de Asesor Especializado, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al agente Don Hernán Diego Luis MARTINEZ (M.I. Nº 21.923.422) y se prorrogó en último término mediante el Decreto Nº 1439 de fecha 4 de septiembre de 2008.

Que no ha podido llevarse a cabo el proceso de selección para cubrir el cargo mencionado en el considerando precedente, de conformidad al proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que razones operativas hicieron necesaria la continuidad del agente en el referido cargo hasta el 13 de enero de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por prorrogada la designación transitoria, en UN (1) cargo Nivel B, de Asesor Especializado, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, del agente Don Hernán Diego Luis MARTINEZ (M.I. Nº 21.923.422), a partir del término establecido en el Artículo 1º del Decreto Nº 1439 de fecha 4 de septiembre de 2008 y hasta el 13 de enero de 2009 y con carácter de excepción a lo previsto en el Título III —Capítulos I y II— del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Art. 2º — El gasto que demande el cum
plimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

Fecha de publicación 24/08/2011