ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº 256/2011
ACTA Nº 1163 Expediente ENRE Nº 31.914/2010
Bs. As., 17/8/2011
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública a la Solicitud de Ampliación al Sistema de Transporte presentada por la “EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANONIMA”, requerida por la Empresa “3 GAL SOCIEDAD ANONIMA”, consistente en la instalación de UNA (1) nueva Estación Transformadora 132/34,5/13,8 kV - 2x15 MVA, equipada con QUINCE (15) celdas en 33 kV y CINCO (5) celdas en 13,2 kV, denominada ET GARAYALDE, realizando la apertura de la línea de 132 kV COMODORO RIVADAVIA - F. AMEGHINO en el piquete 551, a una distancia de CIENTO TREINTA Y SIETE KILOMETROS Y QUINIENTOS METROS (137,5 km) de la ET F. AMEGHINO, en el Establecimiento LA ROSA, ubicada en el kilómetro Nº 1624 de la Ruta Nacional Nº 3, cercano al empalme de la Ruta Provincial Nº 30, en la Localidad de CAMARONES, Departamento FLORENTINO AMEGHINO, Provincia del CHUBUT. 2.- Autorizar el Acceso a la Capacidad de Transporte para el Parque Eólico GARAYALDE, de 26 MW de potencia, a desarrollar por la Empresa “3 GAL S.A.”, en la Futura ET GARAYALDE, Provincia del CHUBUT. 3.- Comunicar que el límite de responsabilidad entre las partes se fija en los terminales de los cables subterráneos conectados a las celdas del Centro Distribuidor de la Estación Transformadora. 4.- “TRANSPA S.A.” percibirá por la operación y mantenimiento de la ampliación los valores que correspondan de acuerdo con su contrato de concesión. 5.- Instruir a “TRANSPA S.A.”, que deberá llevar a cabo un Plan de Gestión Ambiental de la etapa de construcción ajustado a los requerimientos de la Planificación Ambiental aplicable al funcionamiento de la E.T., y finalizada la obra deberá remitirse al ENRE el Informe de Auditoría de Cierre. 6.- Instruir a “3 GAL S.A.”, conforme a lo requerido por CAMMESA y “TRANSPA S.A.”, para que realice el reemplazo de los transformadores de intensidad de la LAT P. TRUNCADO - C. RIVADAVIA 132 kV, para ampliar su capacidad hasta 91,5 MVA; como así también de la LAT 132 kV F. AMEGHINO - TRELEW, para ampliar su capacidad de 91,5 a 144 MVA; instrumente la instalación de los bancos de capacitores correspondientes en la ET TRELEW; y cumpla con los requerimientos de envío de señales y control de tensión y reactivo en la Central. 7.-Notifíquese a “TRANSPA S.A.”, a “3 GAL S.A.”, al Ente REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS DE CHUBUT, a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC (Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor), y a la SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE del Gobierno de la Provincia del CHUBUT. Firmado: ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — MARIO H. de CASAS, Presidente.
e. 24/08/2011 Nº 104407/11 v. 24/08/2011
Fecha de publicación 24/08/2011