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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARIA DE CULTURA

Decreto 1270/2011

Autorízase, con carácter de excepción, a un agente de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales a usufructuar la licencia anual ordinaria.

Bs. As., 23/8/2011

VISTO el expediente Nº 5080/08 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que en dichos actuados el agente Guillermo Luis DIAZ BRUNO, perteneciente a la planta permanente de la ORQUESTA SINFONICA NACIONAL, en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, solicita autorización para que se le conceda licencia anual ordinaria fuera del período de receso funcional del organismo de revista establecido en el artículo 11 inciso 1) del Decreto Nº 4345/72 vigente al momento de su solicitud y contemplado actualmente en el artículo 56, inciso a) del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales homologado por Decreto Nº 973/08, en atención a que la referida licencia la suspendió a partir del 16 de enero de 2008 por una licencia por afecciones de corto tratamiento que debió usufructuar por más de CINCO (5) días.

Que el citado agente, luego de haber hecho uso de la mencionada licencia por corto tratamiento, no obstante haberse reintegrado a su organismo dentro del período de receso funcional de su organismo de revista, no continuó usufructuando su licencia anual ordinaria ni fue conminado a ello, tal como establece el art. 9, inciso k) del Anexo I del Decreto N° 3413/79 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO ha dictaminado que en función de las características del caso, corresponde a la autoridad llamada a decidir, considerar la excepción.

Que la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales (COPIC), ha tomado la intervención que le compete, en los términos del artículo 5º del Anexo del Decreto Nº 973/08 por el que se homologó el Convenio Sectorial del Personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, y, analizados los antecedentes del caso, propuso se haga lugar al requerimiento de autos, por vía de excepción.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y conforme el artículo 13 del Decreto Nº 977 de fecha 6 de julio de 1995.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Autorízase con carácter de excepción al agente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, señor Guillermo Luis DIAZ BRUNO (DNI Nº 4.641.189) a usufructuar la licencia anual ordinaria correspondiente al año 2007 dentro del año 2011, con excepción a lo dispuesto por el artículo 9º, inciso k) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios y al artículo 56 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente de dicha Secretaría, homologado por Decreto 973/2008.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 26/08/2011