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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución 86/2011

Prórroga de habilitación provisoria Puerto Villa Constitución S.R.L. Aduana de Villa Constitución.

Bs. As., 17/8/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12531-232-2009 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L (CUIT Nº 30-70854089-3), en su calidad de permisionaria de la Unidad III (Muelle de Cabotaje) del Puerto de VILLA CONSTITUCION, ubicado a la altura del km TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de VILLA CONSTITUCION, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio, mediante Resolución Nº 70/11 (DGA).

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada, atento encontrarse en trámite la habilitación definitiva del puerto ante la Dirección Nacional de Puertos (S01:0010927/2004).

Que han tomado la intervención que les compete la Aduana de VILLA CONSTITUCION, la Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 70/11 (DGA).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera del Muelle de Cabotaje (Unidad III) del Puerto Provincial de VILLA CONSTITUCION —concesionado a la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT Nº 30-70854089-3)—, por el término de TREINTA (30) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 70/11 (DGA), con igual carácter e idéntico alcance.

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera ROSARIO. Remítase a la Aduana de VILLA CONSTITUCION para su conocimiento y notificación. — María S. Ayeran.

Fecha de publicación 26/08/2011