Secretaría General CONGRESOS
Resolución 1214/2011
Declaráse de Interés Nacional el evento “39º Congreso Argentino de Medicina Respiratoria”, que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 7/9/2011
VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE SALUD Nº 2002-16165-11-7 por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional el evento “39º CONGRESO ARGENTINO DE MEDICINA RESPIRATORIA”, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud es presentada ante el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION por la ASOCIACION ARGENTINA DE MEDICINA RESPIRATORIA (AAMR), quien además organiza el evento propuesto.
Que se trata de un acontecimiento que contará con un amplio y actualizado programa científico, que aspira a convocar a 2500 profesionales de la Salud que se dedican a la Medicina Respiratoria en nuestro país y el extranjero, en un ámbito de trabajo, estudio y confraternidad, en fecundo intercambio con relatores e invitados internacionales del más alto nivel.
Que adicionalmente al programa científico se proporcionará un espacio para la exposición comercial de las industrias relacionadas con la actividad, que tendrán una excelente oportunidad para presentar sus productos.
Que por las características y relevancia del mencionado congreso, el mismo es merecedor de la declaración impulsada.
Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION ha opinado a favor de la declaración que se impulsa y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente que le compete en el caso.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Declarar de Interés Nacional el evento “39º CONGRESO ARGENTINO DE MEDICINA RESPIRATORIA”, que se desarrollará del 8 al 11 de octubre de 2011, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 13/09/2011