Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1221/2011
Declárase de Interés Nacional la “Fiesta de la Soberanía Patagónica - Conmemoración de la Gesta del 7 de marzo de 1827: el Combate de Patagones”, en la localidad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 13/9/2011
VISTO la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD DE PATAGONES por la que tramita la solicitud de Declaración de Interés Nacional para el evento “FIESTA DE LA SOBERANIA PATAGONICA - Conmemoración de la Gesta del 7 de marzo de 1827: el Combate de Patagones”, y
CONSIDERANDO:
Que la presentación ha sido efectuada ante esta jurisdicción competente por la INTENDENCIA MUNICIPAL DE PATAGONES.
Que el 7 de marzo se conmemora el Combate de Patagones, acaecido en 1827, en el que se repelió una invasión brasileña a la comarca Viedma - Carmen de Patagones poniéndose fin a la guerra que nuestro país mantenía con su vecino latinoamericano.
Que, en consecuencia, se trata del primer episodio bélico donde se defendió la soberanía patagónica de nuestro país frente a pretensiones imperiales.
Que en las ediciones anteriores del acontecimiento propuesto la mencionada conmemoración incluyó festejos tales como un desfile cívico-militar por las calles del poblado histórico maragato, la presentación de importantes artistas y actos diversos, como el del Cerro de la Caballada, promontorio que fuera campo de batalla aquella mañana de 1827.
Que la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente que le compete en el caso.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Declarar de Interés Nacional la “FIESTA DE LA SOBERANIA PATAGONICA - Conmemoración de la Gesta del 7 de marzo de 1827: el Combate de Patagones”, que se levará a cabo el día 7 de marzo de 2012, en la localidad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 19/09/2011