MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION ResoluciOn Nº 36.074 DEL 2 SEP. 2011 EXPTE. Nº 55.100 - COMPAÑIA DE SEGUROS EL NORTE SOCIEDAD ANONIMA S/AUTORIZACION PARA OPERAR EN EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorizar a ASSEKURANSA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA a operar en el territorio de la República, en el SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, para suscribir operaciones hasta la suma máxima de $ 1.500.000.- conforme lo señalado a fs. 35, de acuerdo a lo establecido por las Resoluciones Nros. 16.843 y 16.879. El asegurador deberá informar a este Organismo en caso que la política de suscripción supere la magnitud precedentemente mencionada.
ARTICULO 2º — Con arreglo a lo dispuesto por la reglamentación señalada en la Circular Nº 2789 (SSN.11.02.93) la citada entidad podrá en lo sucesivo emplear los planes, cláusulas y demás elementos técnico-contractuales aplicables al ramo Caución que fueron aprobados mediante resolución general de este Organismo, sin necesidad de trámite previo alguno.
ARTICULO 3º — Hacer saber a la recurrente que previo al inicio de las operaciones, deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguros que celebre.
ARTICULO 4º — La política de suscripción y retención de riesgos deberá dar cumplimiento a lo normado por el punto 32.1 del Reglamento de la Actividad Aseguradora.
ARTICULO 5º — Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente Resolución y publíquese en el Boletín Oficial. — FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Vicesuperintendente de Seguros, A/C de la Superintendencia de Seguros de la Nación (Decreto Nº 1559/2010).
SINTESIS:
e. 19/09/2011 Nº 117339/11 v. 19/09/2011
Fecha de publicación 19/09/2011