AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 1070/2011
Bs. As., 31/8/2011
VISTO el Expediente Nº 2752.00.0/99 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la Resolución Nº 1154-COMFER/06 se rechazó la solicitud de adjudicación directa de una licencia para !a instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría E, en la localidad de EL CARRIL, provincia de SALTA, efectuada por el señor Luis Armando CORONEL en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, instaurado por Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01 y reglamentado por Resolución Nº 16-COMFER/99.
Que para así resolver, el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION tuvo en cuenta que el señor CORONEL no había integrado el importe total del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
Que contra el mencionado acto administrativo que rechazara la petición, el señor CORONEL interpuso recurso de reconsideración, agraviándose respecto de la resolución en crisis y solicitando en definitiva se revocara aquélla.
Que en principio, corresponde destacar que el recurso en cuestión fue interpuesto agotado el plazo para deducirlo, razón por la cual, y en virtud del principio del informalismo a favor del administrado, corresponde su tratamiento como denuncia de ilegitimidad.
Que asimismo cabe destacar que el Area Tesorería informó mediante Nota Nº 5597 (DGAFRH/DREF/DT) COMFER/07 que el peticionante ha cancelado totalmente el pliego de bases y condiciones.
Que bajo tales condiciones, no parece ajustado a derecho el rechazo de la denuncia impetrada, dado que ello importaría desvirtuar una de las finalidades perseguidas a través de la normativa legal vigente que regula la materia.
Que por su parte, corresponde destacar que la solución que se adopta, resulta viable, toda vez que se trata de un procedimiento de adjudicación directa respecto del cual no se encuentran afectados derechos de terceros, ni el principio de igualdad imperante en otros procedimientos de selección del contratante con la Administración.
Que en virtud de lo expuesto, se estima pertinente que corresponde hacer lugar a la denuncia de ilegitimidad incoada por el señor Luis Armando CORONEL, revocando la Resolución Nº 1154-COMFER/06, y por consiguiente ordenar la continuación de estos actuados.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete y ha emitido el dictamen pertinente.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, inc. e) apartado 6) de la Ley Nº 19.549, y artículo 12 incisos 8) y 17) de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Hacer lugar a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por el señor Luis Armando CORONEL (D.N.I.: 20.125.726), en los términos del artículo 1º, inciso e) apartado 6) de la Ley Nº 19.549, y revocar la Resolución Nº 1154-COMFER/06, disponiéndose en consecuencia la continuación de la tramitación de las presentes actuaciones, por las razones expuestas en los “Considerandos”.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 21/09/2011 Nº 119533/11 v. 21/09/2011
Fecha de publicación 21/09/2011