MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1465/2011
Dase por aprobada una designación en la Secretaría de Coordinación.
Bs. As., 22/9/2011
VISTO la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 de la misma fecha, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y el Expediente Nº 1-2002-9666/11-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la citada Ley Nº 26.546 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la misma Ley se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 quedó definido entre otros aspectos que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decreto Nº 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la nueva estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.
Que el MINISTERIO DE SALUD solicita la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante financiado Nivel A del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, de la planta permanente de la SECRETARIA DE COORDINACION del referido Ministerio.
Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesaria para el desempeño del cargo a cubrir.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que a los efectos de implementar la cobertura transitoria de dicho cargo, resulta necesario designar a la doctora Da. Miguela María PICO, con carácter de excepción, a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y a los requisitos establecidos para el Nivel Escalafonario “A”, por el inciso b), artículo 14, Capítulo III del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, y de lo dispuesto por los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 2 de mayo de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la aprobación del presente, a la doctora Da. Miguela María PICO (D.N.I. Nº 22.098.849), en un cargo Nivel A - Grado 0 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, para cumplir funciones de COORDINADORA INSTITUCIONAL, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y a los requisitos establecidos para el Nivel Escalafonario “A”, por el inciso b), artículo 14, Capítulo III del referido Convenio Colectivo.
Art. 2º — El cargo involucrado en el artículo 1º deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Juan L. Manzur.
Fecha de publicación 28/09/2011