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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición Nº 337/2011 Representación del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para actuar ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

Bs. As., 22/9/2011

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 15661-233-2011 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección de Contencioso, en atención a necesidades funcionales, propone la designación de Contadores Públicos de dicha área para desempeñarse como Representantes del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 161 de la Ley Nº 11.683, las funciones de representación y patrocinio ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION podrán ser desempeñadas no sólo por abogados, sino por doctores en ciencias económicas o contadores públicos inscriptos en las respectivas matrículas.

Que la liquidación y distribución de las sumas que pudieran ser reguladas en calidad de honorarios por la actuación de los referidos profesionales y cuyo pago estuviere a cargo de la contraparte vencida, se regirán, dado su carácter de adicional remunerativo, por las previsiones pertinentes de la Disposición Nº 439/05 (AFIP) de fecha 22 de julio de 2005.

Que la Subdirección General de Técnico Legal Impositiva y la Dirección General Impositiva han prestado su conformidad.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que conforme las atribuciones conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997, corresponde disponer sobre el particular.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1º — Desígnase a los Contadores Públicos Nacionales Edith Nancy BELTRAMO (D.N.I. Nº 21.139.145 - Legajo Nº 37.066/42), Noemí Susana SIMARI (L.C. Nº 6.730.730 - Legajo Nº 20.158/78), Leandro Jorge CASTRO LOPEZ (D.N.I. Nº 24.113.352 - Legajo Nº 34.413/64) y Marcos Oscar DANIEL (D.N.I. Nº 12.514.658 - Legajo Nº 28.471/45), para que actuando en forma conjunta, separada o indistinta con los letrados apoderados pertenecientes a dicha jurisdicción, asuman la representación y defensa del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS), en las demandas o recursos presentados ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

ARTICULO 2º — Los representantes del FISCO NACIONAL designados por la presente, no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

ARTICULO 3º — Sin perjuicio de las facultades de esta ADMINISTRACION FEDERAL para certificar la personería, ésta también podrá efectuarse por intermedio de la Dirección de Contencioso.

ARTICULO 4º — La representación que se atribuye en esta Disposición no revoca la personería de los funcionarios anteriormente designados para actuar como representantes del FISCO NACIONAL en la expresada jurisdicción.

ARTICULO 5º — A los fines de la liquidación y distribución de las sumas que eventualmente sean reguladas en calidad de honorarios a favor de los agentes designados en la presente y cuyo pago estuviera a cargo de la contraparte vencida, serán de aplicación las previsiones del Artículo 24 de la Disposición Nº 439/05 (AFIP) referidas a los abogados que cumplan similares tareas en la Dirección de Contencioso.

ARTICULO 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 28/09/2011 Nº 123528/11 v. 28/09/2011

Fecha de publicación 28/09/2011