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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decisión Administrativa 968/2011

Dase por aprobada una contratación en la Secretaría de Política Económica.

Bs. As., 29/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0007721/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de acuerdo con lo solicitado por la Coordinación Técnica y Operativa dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que en el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, se establecen los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que en el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, se establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que los antecedentes curriculares del agente mencionado en el Anexo adjunto a la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente, corresponde exceptuar al agente detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos mínimos para el acceso a cada nivel escalafonario establecidos en el inciso c) punto II del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 al solo efecto de posibilitar su contratación, de acuerdo con lo solicitado por la citada Coordinación Técnica y Operativa.

Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a contratar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido en el punto II del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C, Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000000210 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
Código de Control: 0000013624
Listado de Contrataciones


ApellidoNombreTipo y Nº Doc.NyGDesdeHastaProg.Act.Dedic.
1RIVARAGUSTAVO LUISDNI 25436167C001/01/201131/12/2011181100%


Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 50

Fecha de publicación 05/10/2011