SECRETARIA DE CULTURA
Decreto 1567/2011
Dase por aprobada la designación del Director de la Banda Sinfónica Nacional de Ciegos.
Bs. As., 3/10/2011
VISTO el expediente Nº 11.808/10 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Resolución S.C. Nº 3793 de fecha 18 de diciembre de 2006, la sentencia de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, recaída en los autos “MANFREDI EDGARDO OSCAR C/SECRETARIA DE CULTURA - RESOLUCION 3793/06 (EXPTE. 2885/03)”, y el Decreto Nº 491/02, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución S.C. Nº 3793 de fecha 18 de diciembre de 2006 se declaró al agente Edgardo Oscar MANFREDI responsable de la infracción contemplada en los artículos 4º del Decreto Nº 894/01 y 23, inciso n) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y se le impuso la sanción de cesantía.
Que el señor MANFREDI interpuso una acción como resultado de la cual recayó en los autos judiciales precitados sentencia emanada de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, de fecha 30 de octubre de 2008, por la que se hizo lugar al recurso directo y se dejó sin efecto la resolución impugnada.
Que por sentencia del 8 de abril de 2010, dictada por el mismo tribunal, se mandó ejecutar la resolución del 30 de octubre de 2008, ordenando la reincorporación del actor, habilitándose a tal efecto una vacante de igual categoría y nivel remuneratorio a la que revistaba.
Que, a los fines del cumplimiento de la referida sentencia, corresponde disponer la reincorporación del señor Edgardo Oscar MANFREDI, dado el carácter ejecutorio de la misma, y sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva en los referidos autos, en razón de haberse interpuesto queja por recurso extraordinario federal denegado ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, por la representación del Estado Nacional.
Que, si bien los organismos artísticos dependientes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION se encuentran actualmente regidos por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, homologado por Decreto Nº 973/08, están excluidos de sus alcances los cargos directivos, a los que se los considera como cargos extra escalafonarios, tal el caso del cargo de Director de la BANDA SINFONICA NACIONAL DE CIEGOS.
Que, dado que el ex agente MANFREDI se desempeñaba como Interventor de la BANDA SINFONICA NACIONAL DE CIEGOS a la fecha de su cesantía y que por Resolución S.C. Nº 3446 de fecha 3 de diciembre de 2008 se dejó sin efecto dicha intervención, no puede ser reincorporado como interventor, por tratarse de un cargo que no tiene reflejo en la estructura organizativa vigente de la jurisdicción.
Que, a fin de dar cumplimiento a la referida sentencia, resulta necesario habilitar la correspondiente vacante.
Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y en los artículos 7 y 10 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Habilítase en forma transitoria un cargo vacante equivalente al de Director de la BANDA SINFONICA NACIONAL DE CIEGOS, dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los fines del cumplimiento de la sentencia de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, recaída en autos “MANFREDI EDGARDO OSCAR C/SECRETARIA DE CULTURA - RESOLUCION 3793/06 (EXPTE. 2885/03)”, por la que se hizo lugar al recurso directo y se dejó sin efecto la Resolución S.C. Nº 3793 de fecha 18 de diciembre de 2006 que impuso la sanción de cesantía al agente Edgardo Oscar MANFREDI (L.E. Nº 8.362.850).
Art. 2º — Desígnase al señor Edgardo Oscar MANFREDI (L.E. Nº 8.362.850) en el cargo habilitado precedentemente, con carácter de excepción al artículo 7 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 -14 - SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 06/10/2011