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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución N° 1455/2011

Bs. As., 3/10/2011

VISTO el Expediente N° 1172-AFSCA/10, y

CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se inician con el pedido formulado por el Doctor Alberto Ricardo PADILLA, en carácter de apoderado de la firma UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la licencia de una antena comunitaria de televisión en la localidad de EMBARCACION, provincia de SALTA, adjudicada por Resolución N° 970-COMFER/94, tendiente a que este Organismo apruebe la cesión de la totalidad de las cuotas parte de dicha firma por parte del socio Alfredo Miguel LLAYA a favor de Rodolfo Aníbal KARGACHIN.

Que la licenciataia pese a los reiterados requerimientos formulados al domicilio constituido, nunca remitió la documentación necesaria para la resolución favorable de la petición en cuestión.

Que como consecuencia de la situación precedentemente expuesta, se señala que se hallan reunidos los extremos fácticos para declarar en estos obrados la caducidad de los procedimientos y disponer el archivo de los mismos, en los términos del artículo 1º, inciso e), apartado 9) de la Ley N° 19.549, toda vez que han transcurrido holgadamente más de TREINTA (30) días desde la notificación de la Nota N° 669-AFSCA(DGALN/CLT)/11, practicada el 9 de mayo de 2011.

Que cabe señalar que no obstante que el artículo 1º, inciso a) de dicho texto normativo consagra el principio general de la impulsión de oficio, este último cede ante la paralización del trámite por causas imputables al interesado, vale decir cuando resulta necesaria alguna actividad del administrado, cual es —en el presente expediente— la remisión de la documentación solicitada, operando el inciso e), apartado 9) del mismo artículo, que consagra el instituto de la caducidad del procedimiento.

Que, asimismo, se señala que se ha cumplido con la intimación que exige la norma citada en último término, a cuyo respecto dice Hutchinson: “...No basta con la paralización del procedimiento para declarar la caducidad, sino que es necesario el requerimiento previo al interesado. Este requerimiento para que active el procedimiento es un verdadero acto de intimación de la Administración, basado en su facultad de dirección del procedimiento...”, (Reg. de Procedimientos Administrativos Comentado, Ed. Astrea, pág. 48).

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL tiene competencia para dictar actos como el presente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1º, inciso e), apartado 9) de la Ley N° 19.549.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase de oficio la caducidad de los procedimientos del presente expediente en el que tramita el pedido efectuado por Doctor Alberto Ricardo PADILLA, en carácter de apoderado de la firma UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la licencia de una antena comunitaria de televisión en la localidad de EMBARCACION, provincia de SALTA, adjudicada por Resolución N° 970-COMFER/94, tendiente a que este Organismo apruebe la cesión de la totalidad de las cuotas parte de dicha firma por parte del socio Alfredo Miguel LLAYA a favor de Rodolfo Aníbal KARGACHIN.

ARTICULO 2° — Déjase establecido que la firma UNIVERSAL VIDEO CABLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA se halla integrada por los señores Angel GONZALEZ y Alfredo Miguel LLAYA.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 14/10/2011 Nº 131153/11 v. 14/10/2011

Fecha de publicación 14/10/2011