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Legislación y Avisos Oficiales
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AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución N° 1376/2011

Bs. As., 30/9/2011

VISTO los Expedientes Números 24.00.0/07 y 24.01.0/07 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que los expedientes citados en el “Visto” se relacionan con el concurso público convocado para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría D, frecuencia 102.1 MHz, Canal 271, en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto N° 310/98, modificado por su similar N° 883/01, Reglamentado por Resolución N° 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06.

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION dictó la Resolución N° 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-/SG/04 y 672-/SG/06, por la que se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (artículo 1º de la mentada resolución), instruyendo en su artículo 4º al entonces COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION para que efectúe los llamados a concurso público para la adjudicación de las licencias comprendidas en el artículo 4º del Decreto N° 310/98 modificado por su similar N° 883/01, en las localizaciones, frecuencias y demás características previstas en el Plan Técnico Nacional del Servicio de Frecuencia Modulada.

Que por Resolución N° 16-COMFER/07, prorrogada por sus similares Nros. 124-COMFER/07 y 229-COMFER/07 se llamó a concurso público para la adjudicación de la licencia en cuestión, habiéndose procedido a la apertura del citado concurso el día 24 de mayo de 2007 a las 12:00 horas.

Que en la fecha fijada en el considerando precedente se procedió a la apertura del procedimiento de selección en cuestión, verificándose la presentación de una sola oferta, la correspondiente al señor Gustavo Enrique YOCCA, que se encuentra documentada en el Expediente Número 24.01.0/07.

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento concursal de que se trata estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran en el referido proceso.

Que las áreas pertinentes de este organismo han evaluado los aspectos personal, patrimonial, cultural y técnico de la propuesta concurrente, practicando un detallado análisis de las mismas en relación con las condiciones y requisitos antes citados.

Que por TRECNC N° 18425/2009, de fecha 22 de junio de 2009, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES procedió a aprobar el anteproyecto técnico presentado por el oferente.

Que la Comisión de Preadjudicación de este organismo, de conformidad con la competencia que le fuera asignada, evaluó el resultado de los análisis y estudios efectuados, a la luz de los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y de las definiciones que sobre la admisibilidad e inadmisibilidad de las ofertas dicho Pliego contiene.

Que la citada Comisión arribó a la conclusión de que la propuesta presentada por el señor Gustavo Enrique YOCCA, reúne de manera acabada y completa las condiciones que permiten que el proponente resulte adjudicatario de la licencia objeto del proceso de selección de marras, procediendo, en consecuencia, a su preadjudicación.

Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto N° 1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes.

Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 11) de la Ley N° 26.522 y I de las Disposiciones Complementarias del Decreto N° 1225 del 31 de agosto de 2010.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse los actos del concurso público para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría “D”, Canal 271, Frecuencia 102.1 MHz para la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, establecido por Decretos Números 1144/96 —modificado y complementado por sus similares Números 1260/96 y 310/98, respectivamente— y 883/01 y reglamentado por Resolución N° 124-SG/02 modificada por su similar N° 672-SG/06.

ARTICULO 2° — Adjudícase al señor Gustavo Enrique YOCCA (D.N.I. N° 17.340.777), la licencia para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia citado en el artículo 1º del presente.

ARTICULO 3° — Establécese que la licencia otorgada por el artículo 2º del presente abarcará un período de QUINCE (15) años a partir de la fecha de iniciación de las emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario por DIEZ (10) años, conforme los términos del artículo 9º del Decreto N° 310/98, modificado por su similar N° 883/01.

ARTICULO 4° — El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 10° del Pliego de Bases y Condiciones asciende a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS ($ 29.192.-) debiendo constituirse el depósito en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego, conforme lo estatuido en su artículo 33.1.

ARTICULO 5° — Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos de publicada la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V, conforme lo establecido por el artículo 33.4 del referido pliego.

ARTICULO 6° — Establécese que este organismo otorgará la autorización para el inicio de las emisiones regulares, previa habilitación técnica, conforme lo prescripto por la Resolución N° 1619-SC/99, modificada por Resolución N° 407-SC/00 ó la norma técnica que se encuentre vigente a la fecha de solicitar la habilitación respectiva.

ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 14/10/2011 Nº 131139/11 v. 14/10/2011

Fecha de publicación 14/10/2011