MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 1602/2011
Dase por prorrogada la designación del Director General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.
Bs. As., 6/10/2011
VISTO el Expediente Nº 58.858/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 469 de fecha 6 de abril de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 469/10 se dio por prorrogada la designación transitoria del Arquitecto D. Eduardo Raúl CASADO, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días como Director General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la prórroga aludida se encuentra vencida.
Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, conforme la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha designación transitoria.
Que, sin perjuicio de que el Arquitecto D. Eduardo Raúl CASADO no cumple con el requisito previsto por el Artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164, en tanto supera el límite de edad allí establecido, sus amplios y específicos antecedentes aconsejan exceptuarlo de tal restricción por aplicación de la prerrogativa contenida en el Artículo 5º, segundo párrafo del Anexo I de la reglamentación de la Ley citada, aprobada por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.
Que el Arquitecto D. Eduardo Raúl CASADO reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para desempeñarse en el cargo de Director General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08, para un Nivel “A” del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), a excepción de lo requerido en el inciso b) del mencionado artículo, por lo que resulta necesario tramitar su designación transitoria exceptuándolo de tal requerimiento.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha dictaminado, manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente decreto.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por prorrogada a partir del 21 de diciembre de 2010, vencimiento del plazo establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 469/10, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria del Arquitecto D. Eduardo Raúl CASADO (D.N.I. Nº 4.194.892), en el cargo de Director General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes, Nivel “A” del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 14, inciso b) del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08 y a lo dispuesto por el Artículo 5º, inciso f) del Anexo I de la Ley Nº 25.164, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I.
Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido respectivamente, en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman.
Fecha de publicación 14/10/2011