MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION N° 36.135 DEL 11 OCT. 2011 EXPTE Nº 55.561 - SOL NACIENTE SEGUROS DE PERSONAS SOCIEDAD ANONIMA, S/AUTORIZACION PARA OPERAR EN EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
VISTO... Y CONSIDERANDO…
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorizar a SOL NACIENTE SEGUROS DE PERSONAS SOCIEDAD ANONIMA a operar en el territorio de la República, en el SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, para suscribir operaciones hasta la suma máxima de $ 50.000, conforme lo señalado a fs.13, de acuerdo a lo establecido por las Resoluciones Nros. 16.843 y 16.879. El asegurador deberá informar a este Organismo en caso que la política de suscripción supere la magnitud precedentemente mencionada.
ARTICULO 2º — Con arreglo a lo dispuesto por la reglamentación señalada en la Circular Nº 2789 (SSN.11.02.93) la citada entidad podrá en lo sucesivo emplear los planes, cláusulas y demás elementos técnico-contractuales aplicables al ramo Responsabilidad Civil que fueron aprobados mediante resolución general de este Organismo, sin necesidad de trámite previo alguno.
ARTICULO 3º — Hacer saber a la recurrente que previo al inicio de las operaciones deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguros que celebre.
ARTICULO 4º — La política de suscripción y retención de riesgos deberá dar cumplimiento a lo normado por el punto 32.1 del Reglamento de la Actividad Aseguradora.
ARTICULO 5º — Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente Resolución y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Vicesuperintendente de Seguros de la Nación A/C de la Superintendencia de Seguros de la Nación (Decreto Nº 1599/2010).
e. 17/10/2011 Nº 132693/11 v. 17/10/2011
Fecha de publicación 17/10/2011