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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución Nº 295/2011

Bs. As., 14/9/2011

VISTO el Expediente Nº 253-62415/03 del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, (INPI) organismo autárquico que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. Victoria Eugenia NASJLETI CRIADO (D.N.I. Nº 17.867.045) ha presentado en fecha 29 de agosto de 2011, solicitud de suspensión por el término de UN (1) año de la matrícula Nº 1492 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Que la suspensión de la matrícula está prevista por el art. 17 de la Resolución P-101 de fecha 18 de abril de 2006 que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, por el término de UN (1) año.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD IDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Acéptase la suspensión por el término de UN (1) año de la Sra. Victoria Eugenia NASJLETI CRIADO (D.N.I. Nº 17.867.045) a la Matrícula Nº 1492 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2º — Procédase a formalizar la suspensión del Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento Operativo de la Dirección Operativa.

ARTICULO 3º — Comuníquese al interesado que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

ARTICULO 4º — Publíquese la presente Resolución por UN (1) día en el Boletín Oficial y en los Boletines de Marcas y Patentes.

ARTICULO 5º — Notifíquese al interesado y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTICULO 6º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial

e. 17/10/2011 Nº 132677/11 v. 17/10/2011

Fecha de publicación 17/10/2011