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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 1448/2011

Bs. As., 3/10/2011

VISTO el Expediente Nº 1333/05 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la localidad de SIERRA COLORADA, provincia de RIO NEGRO.

Que el artículo 21 de la Ley Nº 26.522 define a los prestadores de gestión estatal de los servicios de comunicación audiovisual, correspondiendo tal carácter, en el caso, a las personas de derecho público estatal (cfr. inciso a) de la citada norma).

Que, por su parte, el artículo 37 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1225/10, establecen la modalidad y condiciones para la procedencia de las autorizaciones a las personas de existencia ideal de derecho público.

Que, en particular, el artículo 89 inciso b) de la citada ley prevé la obligación de reservar en el Plan Técnico de Frecuencias —cuya adaptación progresiva establece el artículo 88 de la misma norma— para cada Estado Provincial una frecuencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud.

Que se ha verificado que resulta factible asignar parámetros técnicos para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud cuya autorización se peticiona, en la localidad de SIERRA COLORADA.

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 8) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase al Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la localidad de SIERRA COLORADA, Provincia de RIO NEGRO.

ARTICULO 2º — Asígnase al servicio autorizado en el artículo que antecede, la frecuencia 880 KHz., con una potencia de 1/0,25 Kw. categoría VI.

ARTICULO 3º — Establécese que, previo al inicio de las emisiones del servicio a que refiere el artículo 2º de la presente, el autorizado deberá presentar la documentación técnica definitiva, en un plazo de NOVENTA (90) días a contar de la notificación de la presente.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 18/10/2011 Nº 133403/11 v. 18/10/2011

Fecha de publicación 18/10/2011